A partir de esta fecha y con la excarcelación seguramente denegada hoy para Miguel Ángel Nievas, acusado de haber asesinado brutalmente a Daiana Almeida, el fiscal que entiende en la causa, el Dr. Ariel Tempo, tiene 30 días para reunir todo el material probatorio y solicitar la prisión preventiva. Miguel Ángel Nievas ya había sido condenado por darle muerte a Agustín Vivas mediante varios puntazos y un corte en el cuello con arma blanca tras una riña entre ambos.
En 2012 Nievas quedó detenido, ya teniendo antecedentes de violencia de género y hurtos, siendo condenado a la pena de 9 años de prisión por el Tribunal Criminal Nº 1. La sentencia firme fue dictada en septiembre del 2014 comprendiendo varias causas acumuladas y llevaba cumplidos hasta esa fecha cinco años, seis meses y diecinueve días de prisión, por lo que la pena única vencía el 4 de marzo del 2018.
Libertad
La liberación de Nievas fue uno de los puntos que mas polémica generaron en la opinión publica y por el cual la sociedad acusó a una Justicia, a su entender “laxa”, señalando a los jueces que firmaron la liberación, pero los cuales actuaron conforme los parámetros de la Ley.Fue en junio de 2015 cuando el juez Correccional, Dr. Sebastián Zubiri, le otorgó la libertad condicional a Nievas.
Lo hizo basado en el artículo 13 del Código Penal puesto que había cumplido los dos tercios de la condena de manera regular con los reglamentos carcelarios, y considerando su buena conducta, firmó el beneficio.
En enero de 2018, el juez Dr. Anselmo González firmó el cese de toda intervención judicial por agotamiento de pena como estaba estipulado en la condena. Todas estas decisiones, a pesar de lo controversial que puedan ser, teniendo en cuenta especialmente lo ocurrido después, en principio estarían correctamente aplicadas a derecho (según las opiniones de especialistas consultados por nuestro medio).
Penas severas
El hecho por el cual ahora el Dr. Ariel Tempo buscará darle una condena definitiva a Nievas, tiene varias carátulas. Una es privación ilegítima de la libertad agravada, porque hay una interceptación en la vía pública y una conducción de la víctima por tres kilómetros de la ciudad hasta una zona rural, con uso de arma blanca, supuestamente.
También hay un “homicidio criminis causa” porque el fiscal entiende que la mató para lograr su impunidad de la sustracción de las cosas que le terminó llevando, ya sea el reloj y el teléfono celular; hay un homicidio agravado por femicidio porque se trata de un hecho cometido por un masculino contra una femenina y hay un abuso sexual seguido de muerte, porque la víctima fue encontrada con su torso desnudo. Para estos delitos, teniendo en cuenta que ya tiene antecedentes penales y condenas, de ser hallado culpable la pena sería reclusión perpetua.
EL NORTE